Declaraciones anuales del IVA presentados ante la Agencia Tributaria correspondiente a los ejercicios 2019 y 2020. En el caso que la empresa se haya dado de alta con posteridad al 1 de enero de 2019 y, en su caso, no hubiera presentado las declaraciones de IVA de los cuatro trimestres de ese ejercicio, a los efectos de poder realizar un análisis comparativo de periodos equivalentes deberá presentar las declaraciones de IVA de los trimestres que correspondan del ejercicio 2020. Por ejemplo, si una empresa inició su actividad el 1 de julio de 2019 solamente presentó declaraciones de IVA del tercer y cuarto trimestre de 2019. En este caso, además de presentar las declaraciones anuales de 2019 y 2020, debe presentar adicionalmente las declaraciones de IVA del tercer y cuarto trimestre de 2020.
Informe de vida laboral de la empresa de todos los códigos cuenta cotización que posea en Extremadura a fecha de solicitud de ayuda, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
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